Acciones Legislativas.-La senadora Ninfa Salinas Sada, del Partido Verde Ecologista, propuso
reformar el Código Civil Federal, a efecto de garantizar que la pensión
alimenticia sea proporcional a la posibilidad de quien la otorga, que
su retención considere como base la totalidad de las percepciones del
deudor alimentario y disminuir las deducciones de carácter legal.
Señaló que la obligación de proporcionar alimentos comprende la
satisfacción de las necesidades indispensables para el sustento y la
manutención. Dijo que el artículo 308 del Código Civil Federal marca
como alimentos el vestido, la habitación y la asistencia en casos de
enfermedad.
Añadió que para los menores, la pensión por alimentos
comprende los gastos básicos para su educación primaria y
proporcionarles algún oficio, arte o profesión honestos, adecuados a su
sexo y circunstancias personales.
Indicó que la cuantía de la
pensión depende principalmente de dos circunstancias: los ingresos de
la persona que está obligada a otorgarlos y las necesidades primarias
del beneficiario o de la persona a quien deben abonarse.
Aclaró
que la legislación no cuenta con un tabulador al que deba ajustarse el
juez al momento de fijar la pensión de alimentos, por lo que éste se
encuentra facultado para concretar su cuantía conforme las
circunstancias, pero siempre dentro de los márgenes legales de cada
estado.
Salinas Sada hizo notar que la persona facultada para
determinar el monto de la pensión alimenticia es un Juez de lo Familiar,
quien por medio de una sentencia indica al deudor la cuantía de este
monto, o en su defecto, el porcentaje que será retenido de su salario.
Destacó que la aplicación de descuentos al salario del deudor por
concepto de pensión alimenticia es una obligación poco estudiada y
difundida entre los obligados a la retención, y si bien el cumplimiento
de este deber pareciera algo sencillo, en la práctica se suscitan
ciertas problemáticas entre los trabajadores, las empresas y los propios
beneficiarios.
La iniciativa que reforma el artículo 311 del
Código Civil Federal se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de
Estudios Legislativos

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